viernes, 5 de diciembre de 2014

Caso 2

En este caso Nicolás puede presentar por escrito una solicitud respetuosa de acuerdo con el artículo 7 que en los numerales 11 y 12 ampara el derecho del estudiante a que sus evaluaciones sean revisadas puesto que la objetividad del docente aparenta vicios debido a un posible desinterés en su labor por un próximo retiro de la institución.

Caso 4

Las medidas disciplinarias de acuerdo con el artículo 27 son: llamado de atención verbal, plante de mejoramiento académico y plan de mejoramiento disciplinario. Las sanciones que pueden imponerse son: un llamado de atención por escrito, que implican el cumplimiento de un compromiso o condicionamiento de la matrícula, que se termina en el momento en que el estudiante cumple con el plan de mejoramiento. Dos estímulos o incentivos pueden ser: recibir mención de honor por su proceso investigativo o innovador, durante su proceso de aprendizaje y ser postulado para realizar pasantía o intercambio nacional o internacional.

SENA, ¡más trabajo!

Aquí una pequeña presentación del SENA. http://prezi.com/1yiq9rcbeptt/?utm_campaign=share&utm_medium=copy